Problemas que acompañan al divorcio

[Preg] Un extranjero casado con japonés que reside en Japón, desea divorciarse porque su pareja ha cometido adulterio. ¿Es posible requerir indemnización y distribución de bienes?

[Resp]

Una vez que decidan entre ambos este asunto podrán confeccionar como constancia una especie de acta pública, en la que se debe poner la siguiente frase: “en caso de no cumplir con el pago se procederá al cobro coactivo” que habilitará esta presión sin esperar el juicio.

Ley aplicable En caso de no poder resolver el asunto solamente con el diálogo deberán hacerlo legalmente, y se les aplicará la misma ley que para el divorcio sobre las cuestiones de indemnización y división de los bienes.

Para los casados sea un(a) japonés(a) con extranjero(a), les será aplicada la ley japonesa y será ante el Tribunal de la Familia que decidirán sobre la indemnización o división de las bienes, pueden pedir el arbitraje o ir al juicio. La indemnización varía de acuerdo a los años que llevan casados, las causas del divorcio y la capacidad de pago de la otra parte. La división de bienes será solamente sobre aquellos que se han conseguido como pareja después de su matrimonio. Y también, a partir del del abril del 2007, podrán pedir la división del monto de la jubilación (por el periodo que han estado casados) del o la cónyuge.

 


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